Minuta de comunicación - Presentación de declaración jurada funcionarios

Proyectos30/09/2024Maria Paz CarusoMaria Paz Caruso

Los Concejales María Paz Ca ruso Mónaco y Juan Senn del bloque Juntos Avancemos y Martín
Racca y Valeria Soltermam del bloque Frente de Todos presentan para su aprobación la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Solicitamos al Departamento Ejecutivo Municipal que a través del área que corresponda solicite a
los funcionarios del Departamento Ejecutivo que se desempeñen en cargos políticos la
presentación de la declaración jurada de sus bienes patrimoniales con individualización de los
mismos, en cumplimiento de lo dispuesto por Ordenanza N2 4905.


FUNDAMENTOS

Que la Ordenanza N2 4905 dispone la obligatoriedad para los funcionarios del Departamento
Ejecutivo Municipal, Concejales y/o Funcionarios del Concejo Municipal de presentar la declaración
jurada de bienes, dentro de los treinta (30) días corridos de haber asumido sus funciones o de haber
prestado juramento ante las oficinas respectivas, con el objeto de demostrar fehacientemente su
estado patrimonial al momento de asumir la Función Pública.


Que a los fines de dar transparencia a las funciones gubernamentales y resguardando el derecho de
acceso a la información pública de los ciudadanos, el artículo 22 dispone "Las declaraciones juradas
mencionadas en el artículo precedente serán incorporadas en el sitio web del Municipio con el objeto
de propiciar la participación ciudadana en el control de los actos de gobierno, garantizando a la
comunidad la disponibilidad y acceso a la información pública."


Que, a su vez el artículo 52 de la mentada Ordenanza establece: "Si vencido el plazo para la
presentación de las declaraciones juradas, los Funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal y
del Concejo Municipal o Concejales obligados no las hubieren presentado, se suspenderá el pago de
sus retribuciones hasta el cumplimiento de tal requisito. A tales efectos, la Dirección de Despacho
General de Intendencia o la Administración del Concejo Municipal según correspondiere, informarán
el titular de cada Cuerpo la-nómina de quienes no hayan cumplimentado con la obligación."


Que el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno obliga a los funcionarios a
manifestarse y actuar con veracidad y transRarencia en la gestión de los asuntos públicos.

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